Art. 43 La Federación
1) La Federación es el centro de animación
para todas las Asociaciones Locales de un territorio; favorece las relaciones y
la comunión entre todas las Asociaciones y con la Familia Salesiana, fomenta
proyectos comunes en el campo de la formación permanente, ejercicios
espirituales, el teatro, el voluntariado social y misionero; y la pastoral
juvenil; y está presente en las estructuras Inspectoriales que correspondan o
se hayan establecido de mutuo acuerdo: Consejo Inspectorial Pastoral de la
Familia Salesiana, Movimiento Juvenil Salesiano, etc.
2) La Federación está constituida por las
Asociaciones Locales presentes en el ámbito territorial de la misma. La
incorporación de una asociación local de pleno derecho a la misma, no podrá ser
rechazada en ningún caso siempre que la asociación solicitante cumpla los
requisitos exigidos por este Estatuto.
Art. 44 Sede de la
Federación
1) La Federación tiene su Sede, siempre que
sea posible, y de acuerdo con el Inspector, en la Casa Inspectorial, o en otra
Casa Salesiana de la Inspectoría.
2) La Federación procurará, dentro de sus
posibilidades económicas, contribuir de algún modo a los gastos de luz, agua,
etc.
Art. 45 La Asamblea
Federal
La Asamblea Federal es el órgano máximo de
gobierno de una Federación. Está está constituida por:
1) Los miembros de la Ejecutiva Federal
(art. 21).
2) Los Presidentes de las Asociaciones
Locales.
3) Los Delegados de las Asociaciones
Locales.
4) Por cada Asociación Local, el número de
miembros que determinen los Estatutos de la Federación correspondiente, en
función del número de asociados, para lo cual tendrán que comunicar antes del
31 de diciembre de cada año el número de asociados inscritos en la misma, que
deberán estar al corriente de pago. La Junta Regional, a su vez, comunicará
antes del 31 de enero siguiente, a cada Asociación el número de asociados de
todas y cada una de las Asociaciones de la Federación.
5)
Los ex Presidentes y ex Delegados Federales, a juicio del Presidente
Federal, sin derecho a voto.
6)
El Inspector, al que se le reconocen todos los derechos de asociado
mientras dura en el cargo.
Art. 46
Competencias de la Asamblea Federal
Las competencias de la Asamblea Federal
(cf. art. 21) son:
1. Estudiar
y resolver todos los asuntos de competencia regional, así como cualesquiera que
le encomienden los Órganos de Gobierno Nacionales.
2. Promover y coordinar todas aquellas
actividades que, por su índole, no son realizables en el ámbito local.
3. Elegir y cesar al Presidente de la
Federación.
4. Presentar candidatos a la Presidencia
Confederal.
5. Nombrar los
Representantes delegados
para la Asamblea Confederal.
6. Conocer
la Memoria que presenta la
Ejecutiva Federal y aprobar sus actividades.
7. Aprobar
el presupuesto y las cuentas anuales de la Federación, y determinar las cuotas
con las que cada Asociación Local contribuye a dicho presupuesto.
8. Reconocer las Asociaciones de su Federación.
9. Otorgar distinciones honoríficas, de
acuerdo con el Reglamento anexo a este Estatuto.
Art. 47 Funciones de la
Ejecutiva Federal
Las
funciones de la Ejecutiva Federal son:
1. Promover y coordinar la organización de
los Antiguos Alumnos y Antiguas Alumnas de Don Bosco en el ámbito del
territorio de la Federación..
2. Ejecutar
los acuerdos adoptados por la Asamblea Federal.
3. Velar
por el cumplimiento de las conclusiones que hagan referencia al mejor servicio
en favor de las Asociaciones, según los acuerdos de la Asamblea General de la
Cofederación.
4. Ratificar
los Estatutos de
las Asociaciones Locales.
5. Fijar
y preparar las Asambleas Federales favoreciendo que lleguen hasta ella las
voces de todos los asociados..
6. Preparar
la memoria, los presupuestos y balances
que presenta a la Asamblea Federal.
7. Tramitar
los expedientes de solicitud de Distinciones Honoríficas ante la Ejecutiva
Confederal.
Se ve (siempre en mi modesta opinión, claro) la Federación como órgano jerárquico que resta autonomía a las asociaciones; que está en medio de cualquier relación exterior de la asociación local; que instruye-adoctrina a los asociados... Yo no sé si las anima o las agobia... En fin, si el propósito no fuera este, reconsidérese la redacción. Y si el propósito fuera este, reconsidérese la incorporación.
ResponderEliminarNo sé... Ha sido una primera lectura. Yo pediría más libertad para las asociaciones locales. A ver qué otros comentarios aparecen aquí... José Enebral.